CNNexpansion ¿Cuánto me corresponde?.- Para que tu aguinaldo te sea entregado a tiempo y completo es necesario que sepas qué salario toma en cuenta tu empresa para hacer el cálculo del beneficio.
El monto legal mínimo del aguinaldo es de 15 días de salario (aunque algunas empresas otorgan más días, como una prestación de tipo contractual).
Para obtener la cantidad a pagar, debe ocuparse la cuota diaria, esto es, el salario que ordinariamente percibes por día laborado y no el salario integrado (que incluye prestaciones y sirve de base para el cálculo de liquidación e indemnizaciones).
¿Y si mi salario es variable…?
Si eres un comisionista y por lo tanto, tu salario es variable el cálculo de tu aguinaldo debe hacerse tomando en cuenta el promedio de tus percepciones del último año.
Si trabajaste por menos tiempo, el promedio se obtiene sobre el total de las percepciones que obtuviste en el tiempo laborado.
¿Cómo puedo asegurar que me lo paguen?
La Ley Federal del Trabajo (LFT) contiene disposiciones protectoras del salario, que también son aplicables en materia de aguinaldo.
Como resultado de esta regulación, el aguinaldo debe entregarse en efectivo con moneda de curso legal, (no es correcto liquidarlo con vales o mercancías) y es inembargable.
Sin embargo, se le pueden descontar porcentajes para cubrir deudas como pensiones alimenticias o créditos a favor de tu patrón.
¿Se puede adelantar el pago?
No puedes exigir el pago de tu aguinaldo antes del 20 de diciembre.
Por disposición de la Ley Federal de Trabajo, las empresas deben entregar el aguinaldo dentro del plazo que vence el 20 de diciembre. Se entiende que debieras recibir el pago a más tardar el 19 de ese mes.
Al vencimiento del plazo, no sólo puedes, sino que debes reclamar el pago
¿Las faltas al trabajo afectan mi pago?
El cálculo del aguinaldo se hace en función al tiempo laborado y con base en el salario por cuota diaria del trabajador.
Es por ello que, algunas ausencias pueden afectar su cálculo, reduciendo el monto al que tienes derecho.
Sólo las faltas que suspenden la relación laboral inciden en tu aguinaldo, pues durante ese lapso no se generaron derechos a tu favor. En el siguiente cuadro podrás identificar los tipos de ausencias y su efecto en la base de días laborados:
AUSENCIA POR | DISMINUYEN LA BASE EN DÍAS DEL AGUINALDO |
Incapacidad por riesgo de trabajo | No |
Incapacidad por enfermedad general | Sí |
Incapacidad por maternidad | No |
Permiso con goce de sueldo | No |
Permiso sin goce de sueldo | Sí |
Faltas no justificadas | Sí |
Faltas justificadas pero sin goce de salario | Sí |
Privación de la libertad | Sí |
¿Y si mi empresa está en problemas…?
Si tu compañía está en concurso mercantil, no debería dejar de pagarte el aguinaldo. Uno de los efectos de la sentencia declaratoria de concurso mercantil es la de suspender el cumplimiento de las obligaciones a cargo de la empresa, pero no es aplicable a los derechos de los trabajadores.
Por lo anterior, la negociación debe cubrir el aguinaldo conforme a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.
¿Existen castigos para las empresas?
Para exigir el pago de tu aguinaldo debes saber si existe una sanción aplicable al patrón que omite el pago del aguinaldo o si existe algún castigo por el pago extemporáneo.
El patrón sólo se hace acreedor a la imposición de una multa en términos del artículo 1002 de la Ley Federal del Trabajo, la cual oscila entre tres y 315 días de salario mínimo general del lugar en que se cometa la infracción.
No existe algún otro efecto por pago extemporáneo. Sin embargo, puedes presentar una queja ante la Procuraduría Federal del Trabajo (PROFEDET), para que la autoridad presione a la empresa a cumplir con su obligación de pago.
¿Y si soy un empleado de confianza…?
El derecho a recibir aguinaldo no está condicionado a puestos o categorías de empleados. Todos los que tengan la categoría de trabajador, tienen derecho a obtenerlo.
Por ello, si prestas tus servicios personalmente bajo la subordinación (órdenes) de otra persona a cambio de un salario, debes obtener tu aguinaldo.
Aunque el trabajador de confianza es el más cercano al patrón y cuida especialmente de los intereses de la compañía, ello no obsta para afectar sus derechos laborales.
¿Y si dejé la empresa antes del pago…?
El pago de aguinaldo no está condicionado al período anual de prestación de servicios, ni a estar laborando en el momento en que se liquide.
Esto significa que, si no laboraste el último año completo, tienes derecho a recibir la parte proporcional de aguinaldo.
Así también, si saliste de la corporación y no se te pagó la proporción que te correspondía por este concepto, puedes reclamarlo en el plazo de un año después de tu salida (sin importar la causa que generó la terminación de la relación laboral).
FUENTE: CNNexpansion Con información de Angélica de la Vega.
Publicado por: TuDecides.com.mx
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