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leyes(CNNExpansión) La Ley de Amparo, aprobada por la Cámara de Diputados, generará un estado de inseguridad jurídica que desalentará las inversiones, tanto nacionales como extranjeras, advierten expertos en Derecho.

Los expertos consideran que hay problemas en el Artículo 129 de la Ley del Amparo, en sus fracciones XI -relacionada con entidades financieras- y XIII - sobre concesiones de bienes de dominio de la nación-, ya que no se podrá gozar de la suspensión en contra de las resoluciones de la autoridad.

Un acto de autoridad puede provocar la quiebra de una empresa o de cualquier individuo antes de que se determine el fondo del asunto.

La ley de Amparo "puede desalentar las inversiones y, desde el punto de vista jurídico, fracturar gravemente al Estado de Derecho (...) los inversionistas van a pensar dos veces antes de venir a México", advierte Jorge Antonio Galindo Monroy, abogado Constitucionalista de la Barra Mexicana del Colegio de Abogados.

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó este martes una reforma a la ley reglamentaria del juicio de amparo, que ha generado polémica entre los partidos políticos porque limita la posibilidad de que las empresas recurran a esa figura legal para protegerse de los actos de una autoridad.

La reforma, que deberá avalar el Senado debido a los cambios que se le realizaron, establece que cuando una compañía que explote bienes concesionados por el Estado se ampare contra un acto de autoridad, no podrá pedir que esa medida se suspenda o deje de aplicarse mientras se resuelve el caso.

Una de las consecuencias de esta ley podría ser un aumento en los costos de operación (de las empresas que estarían afectadas), y otra que fueran privados de totalmente de su concesión o que no pudieran manejar en lo absoluto su entidad financiera, comenta Mariano Calderón Vega, socio del Grupo de Litigio Fiscal y amparo administrativo del despacho Santamarina & Steta.

Los sectores afectados con esta Ley de Amparo son las entidades financieras -como bancos, casas de bolsa, casas de cambio-, los concesionarios de telecomunicaciones, radio, televisión, pesca minería, aguas nacionales.

"Todo lo que involucra lo administrativo y administrativo es fiscal, propiedad intelectual, telecomunicaciones, patentes marcas, agrario, derechos de autor, va mucho más allá", indica el experto de la Barra Mexicana del Colegio de Abogados.

El Consejo Coordinador Empresarial (CCE) advirtió el lunes que de aprobarse el dictamen sobre la Ley de Amparo, se vulneraría la certidumbre jurídica y la confianza de los inversionistas en el país, con lo que se pondría en riesgo la capacidad de generar empleos.

"El impacto sería muy grave en sectores productivos que contribuyen con casi una quinta parte de la actividad económica, tales como el aerotransporte, el financiero, el de las telecomunicaciones y la minería, entre otros, cuya afectación en el empleo sería muy alto", dijo el presidente del organismo, Gerardo Gutiérrez Candiani.

Galindo Monroy, de la Barra Mexicana de Abogados, dice que para los gobernados esta ley hace ineficaz el juicio de amparo. "Si se va a un amparo sin suspensión y lo gana después de seis meses o dos años, al momento que un juez se lo conceda ya no será razón de ser porque a lo mejor (la empresa) quebró".

Considera que lo aprobado por los legisladores es un retroceso y "puede llegar a pasar que tengamos que acudir a los tribunales internacionales -como el Interamericano- para que declaren que la reforma de la Ley de Amparo viola el artículo 25 del Tratado Interamericano de Derechos Humanos que obliga a México -como país que emitió y ratifico el documento- a tener un sistema efectivo que ampare a los gobernados en el goce de sus derechos".

El abogado Calderón Vega, del despacho Santamarina & Steta, estima que podría darse la posibilidad que algunas de las fracciones minoritarias en el Congreso promuevan una controversia constitucional en contra de la aprobación de la ley.

Con dedicatoria a telecomunicaciones

Galindo Monroy consideró que la Ley de Amparo "podría decir que es una reforma dirigida; están muy preocupados por lo que ha habido en telecomunicaciones, que se dio una suspensión y parecería ser que la reforma va dirigida a los dueños de los medios de telecomunicaciones".

"Si es así, entonces hay otra razón de inconstitucional de la reforma porque están prohibidas las leyes privativas las que van dirigidas a alguien. No podemos hacer reformas legales o constitucionales por razones coyunturales, porque no se vaya a afectar una política de telecomunicaciones vamos a afectar a todo el mundo", recalcó.

Apenas el lunes pasado el presidente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, Mony de Swaan dijo que "la no suspensión de las decisiones regulatorias es fundamental" porque se ha abusado del amparo que, como consecuencia, ha atrofiado las facultades de los entes reguladores.

Calderón Vega subraya que la ley de Amparo no necesariamente lograra destrabar a sectores como telecomunicaciones. "Ya había una jurisprudencia de la corte estableciendo que algunos temas de telecomunicaciones sí debe prevalecer el interés social y no otorgarles la concesión".

Explica que lo que hace esa reforma es quitar a los jueces la posibilidad de decidir y analizar cada caso concreto y negar todas las suspensiones a priori, cuando en su opinión la facultad de los jueces es fundamental y es la labor del Poder Judicial.

"Debemos confiar y apoyar en el Poder Judicial para que resuelva las controversias y no establecer mecanismos que limiten los derechos de defensa de los particulares impidiendo que los jueces hagan su trabajo. Toda limitación de derechos es un retroceso".

Expresa que la Ley de amparo en general es buena, deriva de una reforma constitucional de 2011 que otorga ciertos beneficios al juicio de amparo, pretende modernizarlo, amplia alcances y beneficios del amparo.

"La gran mayoría de las disposiciones de esta ley de amparo son benéficas al desarrollar esos puntos novedoso y benéficos de la reforma constitucional, pero es un contrasentido. Si la reforma constitucional buscaba dar mayores beneficios, alcances, facilidades al juicio de amparo, la ley restrinja un punto específico y fundamental del amparo que es la suspensión".

Fuente: CNNExpansión / Por: Isabel Mayoral Jiménez

Publicado por: TuDecides.com.mx
Edición: Adrián Soltero
Contacto: dir@tudecides.com.mx

Nota: Por lo general todos los artículos cuentan con fuente y autor del mismo. Si por alguna razón no se encuentra, lo hemos omitido por error o fue escrito por la redacción de TuDecides.com.mx.

 

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