Con la aprobación de la reforma al artículo 37 de la Ley de Infonavit, aquellos trabajadores con prestaciones, y que estén incorporados al IMSS, que tengan una subcuenta de vivienda podrán obtener múltiples beneficios.
Entre ellos se encuentra la posibilidad de disponer del dinero que tengan acumulado dentro de un plazo de diez años (anteriormente, los montos no solicitados eran absorbidos en automático por Infonavit).
Pero, ¿qué es la subcuenta de vivienda 92 y 97? Según Infonavit, se trata de un ahorro que ha sido construido gracias a las aportaciones que los patrones realizaron al Infonavit de manera bimestral. Estos depósitos son regulados por las leyes tanto del IMSS como por las del Infonavit.
Así que, en caso de pertenecer a este grupo, los interesados deberán revisar el estado de cuenta de su Afore. De esta forma, podrán confirmar si tienen recursos en sus subcuentas (tanto del 92 como del 97) y, en caso de que sí, podrán solicitar la devolución de las dos subcuentas, ¿lo mejor? En un mismo trámite.
El tiempo estimado de la devolución del saldo es de diez días hábiles. Para ello sólo necesitas saber en dónde está tu ahorro y de cuánto es (puedes consultarlo a través del apartado de Mi Cuenta Infonavit, después sólo tienes que ingresar tu número de Seguridad Social y fecha de nacimiento. Luego te aparecerá la Precalificación Infonavit y la cifra que corresponde al monto de la subcuenta).
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el dinero acumulado en la subcuenta?
De acuerdo con la página de Infonavit, la solicitud de tus ahorros dependerá de la cuenta en la que estén. Por ejemplo, si tu subcuenta de vivienda recibió aportaciones de tu patrón a partir del 1 de julio de 1997, entonces podrás retirar los rendimientos que se hayan generado desde ese momento. En este caso, los requisitos son los siguientes:
Tener el dictamen de pensión expedido por el IMSS (la fecha de emisión debe ser posterior al 1 de julio de 1997).
No contar con un crédito de Infonavit vigente.
En caso de estar en proceso de aclaración de homonimia, es necesario que quede concluido antes de iniciar el trámite para el retiro.
El trámite puedes realizarlo a través de Infonavit o de tu Afore (consulta más detalles en el portal de Infonavit).
¿Qué debes llevar a tu cita ante el Infonavit?
- Número de cita y de solicitud.
- Identificación oficial vigente (en original y copia).
- Número de Seguridad Social (NSS), CURP y RFC.
- Estado de cuenta bancario con CLABE (debe presentarse el original y una copia, además, no puede ser mayor a dos meses).
- Número de cuenta bancaria (para que el IMSS pueda realizar el depósito).
- En caso de haber presentado alguna demanda laboral o amparo a favor, es necesario tener a la mano el documento original y una copia del laudo del juicio. Si el conflicto aún no tiene resolución, se deberá llevar el desistimiento de la demanda o del amparo en original y copia.
Por otra parte, si el fondo de ahorro “está conformado por las aportaciones patronales realizadas entre 1972 y 1992”, no cuenta con rendimientos debido a la legislación que permaneció vigente en ese entonces.
Si requieres mayor información o deseas agendar una cita, te recomendamos visitar el portal de Infonavit.
Fuente: entrepreneur.com
Publicado por: TuDecides.com.mx
Edición: Adrián Soltero
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